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Copia de Protección De Datos

Sobre protección de datos en el ámbito educativo

PRESENTATION OUTLINE

PROTECCIӓN DE DATOS

EL DESARROLLO DE LA FUNCIӓN DIRECTIVA
Photo by srgpicker

Marco normativo esencial:
-Reglamento General de Protección de Datos
-Ley Orgánica 3/2018

En el ámbito educativo público la responsabilidad del tratamiento de los datos recae en las autoridades educativas.

La disposición adicional 23ª de la LOE en lo relativo a los datos personales del alumnado, otorga a los centros la potestad de recabar los datos de su alumnado que sean necesarios para el ejercicio de su función educativa

DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:
INFORMACIÓN NUMÉRICA, ALFABÉTICA, GRÁFICA, FOTOGRÁFICA, ACÚSTICA O DE OTRO TIPO CONCERNIENTE A PERSONAS FÍSICAS IDENTIFICADAS O IDENTIFICABLES

Photo by AbsolutVision

PERSONA IDENTIFICABLE:

Toda persona cuya identidad pueda determinarse directa o indirectamente mediante información referida a su identidad física, fisiológica, psíquica, económica, cultural o social.

Photo by moonhouse

SE PODRÁN SOLICITAR DATOS SIN NECESIDAD DE CONSENTIMIENTO

  • Origen y ambiente familiar y social
  • Datos de salud del alumnado que sean necesarios para el ejercicio de la función educativa
  • Datos biométricos para finalidades como el control de acceso al servicio
  • Fotografías a efectos de identificar a cada alumno

Con carácter previo al tratamiento, se debe cumplir con el derecho de información del alumnado o de sus tutores legales, proporcionándoles la correspondiente política de privacidad de datos

¿QUIÉN PROTEGE LOS DATOS?

  • Delegado de protección de datos (Art.37 de RGPD)
  • Supervisa el cumplimiento del reglamento y normativa de protección de datos
  • Actúa como interlocutor del responsable del tratamiento ante la agencia española de protección de datos
Photo by BURSofia

Custodia y confidencialidad de los documentos:
Se deberá actuar con diligencia mediante una política de seguridad

BRECHAS DE SEGURIDAD

INFORMAR A LA DPD DE INMEDIATO
Photo by Juan Cardenas

CONSENTIMIENTO INFORMADO

  • Para garantizar el derecho a la protección de datos personales, los centros educativos deben informar en todo caso del tratamiento que ellos realizan
  • Es necesario recabar el consentimiento previo cuando se solicitan datos personales para otras finalidades legítimas distintas a las estrictas de la función educativa
  • Para cumplir la normativa los centros harán formularios de recogida con el consentimiento
Photo by pattoncito

DATOS A INFORMAR AL INTERESADO

  • Identidad y contacto del responsable
  • Datos de contacto del delegado de protección de datos
  • Base jurídica y fines del tratamiento
  • Destinatarios
  • Plazo de conservación de los datos personales
  • Ejercicios de derecho
  • Reclamaciones ante la AEPD

USO DE APLICACIONES Y PLATAFORMAS EDUCATIVAS

DERECHO A LA EDUCACIÓN DIGITAL

Con carácter general no se autoriza la utilización de plataformas o herramientas educativas para finalidades administrativas o de gestión de los centros educativos, que deberán realizarse con las aplicaciones informáticas de gestión oficiales

ACTIVIDAD DOCENTE

  • Plataformas y herramientas dispuestas por las Consejería de Educación
  • Otras plataformas deben solicitar autorización y supervisión de la consejería correspondiente

GRABACIONES AUDIOVISUALES EFECTUADAS EN CENTROS

DIFERENCIA ENTRE FUNCIÓN EDUCATIVA Y NO EDUCATIVA

GRABACIONES LÍCITAS

  • Clases o videoconferencias
  • La misma no se puede difundir de forma abierta
  • Grabaciones en eventos para uso privado de las familias

RECURSOS

  • Guía para centros educativos. AEPD
  • Instrucciones y recomendaciones sobre protección de datos personales para los centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid
  • Https://dpd.educa2.madrid.org

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