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Estructura Jurídica En El Siglo XVIII

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En esta época la estructura jurídica del país consistía básicamente por el rey, la audiencia y los tribunales.

Photo by Leo Reynolds

Cada una de estas partes regulaba funciones hasta cierto punto distintas para llevar el control de La Corona hacia la Nueva España

...Y lograban su cometido estableciéndose como sucursales y repartiéndose funciones por todo el territorio.

La legislación dependía por completo de La Corona, es decir que el rey era el legislador, soberano, al cual en autoridad le seguía la audiencia.

La iglesia y la propia legislación estaban sometidas al rey.
El gobierno espiritual era ejercido por la iglesia católica como religión del estado.

La audiencia seguía ejerciendo función judicial, civil, criminal y administrativa, remplazando al rey en caso de enfermedad.

Componentes de la audiencia.
Gobernadores
Corregidores
Alcaldes mayores
Cobildos(españoles, indígenas, juzgado general de indios)

Estando el gobierno regional a cargo de audiencia lo cual hacia un sector anárquico y arbitrario.